

Seguro
De viajero
SEGÚN LA LEY DE CAMINOS, PUENTES Y AUTOTRANSPORTE FEDERAL EN EL ARTÍCULO 62: Los concesionarios a que se refiere esta Ley están obligados a proteger a los usuarios en los caminos y puentes por los daños que puedan sufrir con motivo de su uso.Así mismo, los permisionarios de autotransporte de pasajeros y turismo protegerán a los viajeros y su equipaje por los daños que sufran con motivo de la prestación del servicio.
Todas nuestras unidades cuentan con seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, por el equivalente a 19,000 UMA y un seguro de viajero en caso de accidente por 3,160 UMA.